La Agencia de Recaudación y Control Aduanero extendió hasta el 27 de julio de 2026 el plazo para presentar declaraciones juradas y pagar el saldo de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular correspondientes al período fiscal 2025.
El Gobierno nacional prorrogó hasta fines de julio el plazo para que las personas humanas y sucesiones indivisas presenten las declaraciones juradas y realicen el pago del saldo resultante de los impuestos correspondientes al período fiscal 2025. La medida, oficializada a través de la Resolución General 5851/2026 publicada en el Boletín Oficial, incluye al Impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y al Impuesto Cedular.
Según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), los contribuyentes podrán cumplir con estas obligaciones de manera excepcional hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.
ARCA señaló que “diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas han planteado la necesidad de contar con un plazo adicional para la correcta y completa confección de las referidas declaraciones juradas”. El organismo consideró “aconsejable otorgar la prórroga con el fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.
En cuanto a las declaraciones juradas informativas que deben presentar los beneficiarios de ciertas rentas, como empleados y jubilados, el plazo se extendió hasta el 31 de julio de 2026, inclusive. Originalmente, según la terminación del número de CUIT, la declaración jurada determinativa de Ganancias debía presentarse entre el 11 y el 16 de junio.
