El DNU 681/2026 modifica la Ley de Migraciones para prohibir el ingreso o expulsar a extranjeros que difundan mensajes de odio contra el país, pero especialistas cuestionan la falta de definiciones claras y de un protocolo de control.
El Decreto de Necesidad y Urgencia 681/2026, publicado este jueves con la firma del presidente Javier Milei y su gabinete, habilita la prohibición de ingreso o la expulsión de extranjeros que difundan “mensajes de odio” contra la Argentina. La norma modifica la Ley de Migraciones y genera dudas entre especialistas en materia migratoria debido a la vaguedad con que define la falta que busca castigar.
El decreto se publica en un contexto de tensión que la Casa Rosada calificó como una “campaña antiargentina”, luego de que figuras como Samuel L. Jackson, Rosalía, Niall Horan y Arturo Pérez-Reverte criticaran al país tras la final del Mundial 2026. Milei acusó a los gobiernos de Brasil y de México, y al Partido Demócrata de Estados Unidos, de financiar esas críticas. Según fuentes de la Casa Rosada, el asesor Santiago Caputo participó en la elaboración del decreto.
La objeción principal de los especialistas es que la norma no establece ningún protocolo para identificar, antes del cruce fronterizo o durante la estadía en el país, quién emitió un “mensaje de odio”. La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) es la autoridad de aplicación, pero el decreto no prevé un mecanismo de constatación propio. En la práctica, su aplicación quedaría librada a denuncias, publicaciones de prensa o repercusión en redes sociales, sin un control sistemático en los pasos migratorios.
El texto del decreto tampoco define qué constituye un “mensaje de odio” ni fija parámetros objetivos para distinguirlo de la crítica política o periodística. Una cláusula genérica excluye al “disenso ideológico” y a la “crítica política, académica o ciudadana”, pero en los hechos, la línea será trazada por funcionarios de la DNM en un trámite administrativo y sin intervención judicial previa. Esto contrasta con la Ley 23.592 contra la discriminación, citada como fundamento del DNU, que exige un proceso judicial para determinar si una conducta es discriminatoria.
El gobierno ya había intentado reformar la Ley de Migraciones por decreto antes. El 30 de junio de 2025, la Cámara Nacional Electoral declaró la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del DNU 366/2025, que transfería a la DNM la facultad de otorgar la ciudadanía argentina, competencia que históricamente ejercían jueces federales. El tribunal sostuvo que el Poder Ejecutivo “no acreditó circunstancias de rigurosa excepcionalidad y urgencia que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes”.
El nuevo decreto modifica la misma ley por la vía de excepción, invocando una urgencia basada en críticas en redes sociales tras un partido de fútbol. Según el estándar fijado por la Justicia hace cuatro semanas, esa urgencia no equivale a la imposibilidad de esperar el trámite parlamentario ordinario.
Fuente: Agencia DIB.
