El gobierno de Javier Milei definió el nuevo esquema de sustitución temporal del Manuel Adorni al frente de la Jefatura de Gabinete en caso de viaje al exterior o enfermedad que le obliguen a ausentarse de sus funciones.
Así quedó plasmado en el Decreto 130/2026 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de Milei y Adorni.
De esta manera el gobierno libertario definió que «en los casos de ausencia del Jefe de Gabinete de Ministros con motivo de viaje al exterior de la República, desplazamientos en cumplimiento de misiones específicas de gobierno u otros casos de necesaria ausencia transitoria de sus funciones, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS será desempeñada interinamente por el titular del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO o, en su ausencia, por el titular del MINISTERIO DE DEFENSA. En esos supuestos, dicho interinato se producirá previa comunicación efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN».
pettovello y milei.jpg
Sandra Pettovello y Javier Milei
De esta manera, en caso de que Adorni no pueda estar al frente de la Jefatura de Gabinete será reemplazado por la hoy titular de Capital Humano, Sandra Pettovello, y en caso de que ella tampoco pueda hacerse cargo de dichas funciones será el titular de Defensa, el Teniente General Carlos Alberto Presti.
Antes de esta modificación el Decreto 977/1995 que ahora se modificó, disponía que “el Jefe de Gabinete de Ministros será reemplazado por el Ministro secretario que determine el Poder Ejecutivo nacional”. En la norma siguiente 978/1995, se dispuso que quien se haga cargo de las funciones de jefe de Gabinete sea el titular de la cartera del Interior o el ministro de Obras Públicas —existente en ese momento—.
Así, a partir de ahora, el desempeño interino de esta área deberá ser ocupado por el titular del Ministerio de Capital Humano o por el de Defensa que quedará como segunda opción.
Milei y Presti
De esta manera el resto de los integrantes del Gabinete quedarían desligados de esta responsabilidad.
El decreto aclara que los reemplazos se darán “con motivo de viaje al exterior de la República, desplazamientos en cumplimiento de misiones específicas de gobierno u otros casos de necesaria ausencia transitoria de sus funciones”.
La sustitución temporaria podrá implementarse únicamente después de que el jefe de Gabinete de Ministros notifique a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación sobre la necesidad de delegar temporalmente su función.
Otra de las modificaciones claves que se introdujeron en el régimen de suplencias corresponde a la no interrupción de las actividades habituales del ministro interino. Anteriormente, estaba dispuesto que el funcionario que cubriera la vacante del jefe de Gabinete debía suspender las funciones propias de la cartera que tuviera a su cargo.
Decreto 130/2026:
Embed
