En su abierta disputa contra la “herencia” del kirchnerismo, uno de los motores de su estrategia política, el gobierno de Javier Milei prohibió hoy por decreto la “propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado”.
La decisión publicada en el Boletín Oficial va en línea con otra idea desafiante que aún baraja el Gobierno: quitar el mural de Eva Duarte de Perón del frente del histórico edificio ubicado en la avenida 9 de julio, donde hasta diciembre pasado funcionaba el Ministerio de Desarrollo Social, y en el que aún hoy tiene su sede el Ministerio de Salud.
“La idea es despolitizar los edificios públicos, quitar la propaganda política que no esté estrictamente en los espacios asignados a sindicatos u otras organizaciones”, explicaron a LA NACION desde el Ministerio de Capital Humano. La idea de quitar el enorme mural de Eva Perón, colocado durante el gobierno de Cristina Kirchner, se sostiene aún sin fecha precisa, afirmaron altas fuentes de la Casa Rosada. Lo que sí quedó descartado es la demolición del edificio, una idea que motivó un debate interno en el núcleo duro que rodea al Presidente.
“Es un proyecto muy caro, y este gobierno no se caracteriza precisamente por promover gastos extra”, afirmó una fuente al tanto de las tratativas. “La imagen sí (la quitaremos), demoler el edificio es más complejo”, confirmaron fuentes oficiales. Hace unos días el jefe de gabinete, Guillermo Francos, confirmó la iniciativa. “[La imagen] se puede sacar sin ningún problema. Creo que sería lógico, no parece razonable que dentro de un edificio público se ponga una imagen”, dijo a TN el ministro coordinador.
En relación a la demolición del edificio, Francos relativizó esa posibilidad, aunque no lo descartó: “Se está analizando que es un edificio demasiado grande para la función que cumple y que no está en buen estado”. La chance más concreta, coincidieron las fuentes, es la de “actualizar” el antiguo edificio del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, inaugurado por el entonces presidente Agustín P. Justo en 1936, y transformado luego en un emblema del primer gobierno peronista.
Días atrás, el Gobierno quitó un busto del expresidente Néstor Kirchner de la sede central de la Anses. “No estaba inventariado, pero vino un sindicato, lo pidió y se lo dimos”, afirmaron fuentes de Capital Humano, en referencia al homenaje al expresidente, “recuperado” por el Sindicato de Empleados de la Ex Caja de Subsidios Familiares para el Personal de la Industria (Secasfpi). En el caso del mural de la Eva Perón, también es una obra “inventariada”, por lo cual “la decisión de quitarla o no es política”, definieron desde Balcarce 50 y el ministerio que encabeza Sandra Pettovello.
En el decreto, el Gobierno explicó que su intención es evitar “personalismos antirrepublicanos y dotar de mayor objetividad a las denominaciones o nomenclaturas y evitar que sufran los vaivenes propios de los cambios de gobierno”. De todos modos, la imagen “institucional” del presidente Milei está presente en las paredes y escritorios de muchísimos despachos, incluidos los de la Casa Rosada.
ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 2°.- Prohíbese la denominación de los bienes mencionados en el artículo 1º de este decreto con nombres de personalidades políticas antes de transcurridos DIEZ (10) años desde su fallecimiento o desaparición física o desde los acontecimientos históricos que se pretenda honrar. Tampoco podrán asignarse denominaciones que correspondan a personas que hayan ejercido funciones como Autoridades Nacionales, Provinciales o Municipales mediante actos de fuerza contra el Orden Constitucional y el Sistema Democrático.
ARTÍCULO 3°.- Prohíbese a los funcionarios públicos, independientemente de su rango y modo de designación o contratación, utilizar recursos o bienes del dominio público o privado del ESTADO NACIONAL con la finalidad de promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal.
ARTÍCULO 4°.- Todo ciudadano podrá denunciar ante las Autoridades Nacionales cualquier violación a las disposiciones de los artículos 1°, 2° y 3° del presente decreto, sin costo, a través de la plataforma Trámites a Distancia – TAD.
ARTÍCULO 5°.- La violación por parte de un funcionario público de las prohibiciones establecidas en el presente decreto constituye una infracción grave en el ejercicio de la función pública, ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales que pudieran caberle al mismo, conforme lo previsto en las normas vigentes.
ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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