El próximo 26 de octubre tendrán lugar las elecciones legislativas en todo el territorio nacional. Si bien Cristina Fernández de Kirchner se encuentra detenida bajo arresto domiciliario en cumplimiento de la condena firme que pesa sobre su persona en la causa Vialidad por «administración fraudulenta», comienza a agitarse la controversia política y simbólica respecto de si tiene o no derecho a votar en los comicios. La expresidenta cumple una pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos. En la mesa de «Comunistas» se analizaron los fundamentos legales a favor y en contra que sopesará la Cámara Nacional Electoral, que deberá pronunciarse al respecto.
El abogado Pablo Zappulla, invitado al programa que se emite por Bravo TV de lunes a viernes a las 20.30, precisó que existen en el Código Penal dos artículos que fundamentan la imposibilidad de que Cristina Kirchner pueda sufragar. El primero de ellos es el artículo 12º: «La reclusión y la prisión por más de tres años llevan como inherente la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena (…)», comienza el texto legal que, según explicó Zappulla, dialoga con el artículo 19º, que versa sobre «la inhabilitación absoluta» y estipula con claridad en su inciso 2.º que importa «La privación del derecho electoral». La condena firme que pesa sobre CFK cuadra con lo dictado en ambos artículos.
No obstante, en tanto los fallos judiciales también operan como fuente del derecho, el abogado indicó que «existen dos fallos que declararon la inconstitucionalidad de los dos artículos. Se trata de los fallos Zelaya y Orazi, de 2022″, mencionó. Zappulla explicó que ambos fallos se apoyan en el marco jurídico internacional que protege el derecho de todos los ciudadanos argentinos a emitir su voto sin restricciones por su condición de reclusos. «Existen estándares internacionales por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que establecen que el derecho al voto tiene mayor legitimidad y constitucionalidad que la imposibilidad que eso suceda», apuntó.
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“El Congreso debería legislar específicamente sobre esta materia. Mientras tanto, la Corte Suprema ha señalado que corresponde a los diputados y senadores establecer un criterio uniforme sobre qué sucede en estos casos”, agregó el abogado.
El fiscal federal de Río Gallegos, Julio Zárate, apeló días atrás el fallo de la jueza subrogante Mariel Borruto que había incluido a CFK en el padrón electoral, argumentando que su condena por corrupción en la causa Vialidad implica tanto la inhabilitación para ser candidata como para sufragar.
La decisión de la Cámara Nacional Electoral, que debería conocerse pronto, podría alinearse con la jurisprudencia existente o bien ajustarse a lo dictado por el Código Penal, según se consideró en el programa.
BR / FPT