La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó este viernes, por unanimidad, las condenas dictadas en el marco de la denominada Causa Vialidad entre las que se encuentran las de la ex presidenta Cristina Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. En el mismo fallo los magistrados rechazaron el recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal para que se los condene también por el delito de asociación ilícita
Así el expediente, que tiene a otros ocho condenados, seguirá su camino ahora hasta la Corte Suprema de Justicia a través de un recurso de queja, es decir, sin el aval de la Cámara. La Corte Suprema, a su vez, no tiene plazo para pronunciarse, y hasta que no lo haga las condenas no se harán efectivas.
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La Sala IV de la Cámara de Casación Penal, presidida por Mariano Borinsky e integrada por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, rechazó así los recursos de apelación presentados tanto por los abogados de los condenados como por el fiscal Mario Villar, contra el fallo de la misma Sala, que en noviembre pasado confirmó las condenas impuestas por el Tribunal Oral 2.
Cristina fue condenada a la pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de defraudación a la Administración Pública, en las 51 obras viales que el empresario Lázaro Báez obtuvo entre 2003 y 2015.
Tampoco prosperó el pedido del fiscal Villar para que se revisaran las absoluciones de los acusados por el delito de asociación ilícita. En este último punto, el juez Hornos en disidencia propuso que se conceda el recurso extraordinario únicamente al fiscal en lo que respecta al delito de asociación ilícita y al incremento en el decomiso de 84.000 millones de pesos a los condenados.
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Los abogados defensores de todas las partes, junto con el fiscal, tienen ahora cinco días hábiles para presentar ante la Cámara el llamado “recurso de queja” para llegar a la Corte Suprema de Justicia, algo que está previsto que suceda.
La Corte Suprema, a su vez, tiene dos caminos. Uno es rechazar la apelación de las partes sin analizar el fondo del planteo (lo que se llama rechazar por artículo 280 del Código Penal). Si esto ocurre, quedaría firme la condena y los acusados que tuvieran una pena de más de tres años y un día de prisión, deberán quedar detenidos. En el caso de la ex presidenta, si no contara con fueros legislativos, debería cumplir arresto domiciliario por contar con 72 años.
El segundo camino es “abrir” el caso para su estudio, lo que demandaría más tiempo. En este segundo caso, puede confirmar lo actuado por la Justicia anteriormente, anular las sentencias o confirmarlas parcialmente, es decir, rebajar o subir las condenas, o absolver a alguno de los acusados.
La Corte Suprema no tiene plazos para tratar el planteo.
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