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martes, 21 enero, 2025
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Gustavo Petro declaró conmoción interior en Colombia: por qué la medida excepcional causa controversia en las redes sociales?

Gustavo Petro, en sus redes sociales, confirmó que declaró el Estado de conmoción interior en Colombia – crédito Natalia Pedraza/EFE

Es oficial: el presidente de la República, Gustavo Petro, declaró el lunes 20 de enero de 2025 el Estado de conmoción interior en Colombia. Los fuertes enfrentamientos entre el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y las disidencias de las Farc en la zona del Catatumbo, además de otros hechos de orden público en el territorio nacional, llevaron a que el Ejecutivo apelara a esta medida de excepción.

“Se declara el Estado de conmoción interior y el estado de emergencia económica. Espero del poder judicial su apoyo. El copamiento militar siempre se desarrollará con la transformación económica de las regiones bajo violencia”, expresó Petro en su cuenta de X, con lo que respondió al comandante del frente de Guerra Nororiental del ELN, Manuel Pérez Martínez.

Con esta publicación, el presidente Gustavo Petro confirmó el Estado de conmoción interior en Colombia – crédito @petrogustavo/X

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Esta situación ha provocado más de 80 muertos, según versiones extraoficiales, además de un incremento preocupante en los desplazamientos forzados, ya que alrededor de 8.000 individuos habrían dejado sus hogares a causa de los conflictos entre estas dos estructuras armadas. Sumado a lo acontecido en regiones como Guaviare, en la que se registraron más de 20 asesinatos.

El Estado de conmoción interior está contemplado en el artículo 213 de la Constitución Política de 1991. En síntesis, es una medida excepcional diseñada para estabilizar la seguridad del Estado en momentos de grave perturbación del orden público y, lo que causa mayor atención, es que otorga al Ejecutivo poderes especiales para expedir decretos con fuerza de ley y suspender las leyes que, a su juicio, sean incompatibles.

Es importante destacar que, este recurso facultativo solo podrá ser declarado por el presidente, que debe contar con la firma de todos los ministros. La medida puede implementarse tanto en todo el territorio nacional como en una región en específico; aunque, como se lee en la Carta Magna, el Congreso de la República se podrá reunir “por derecho propio”, para recibir un informe con las razones que motivaron a esta decisión.

A su vez, el tiempo máximo para esta declaración esté vigente es de 90 días; no obstante, el primer mandatario puede prorrogarla dos veces más por períodos iguales, siempre que la segunda extensión sea aprobada por el legislativo. Un aspecto crucial de una medida de esta envergadura es que todos los decretos emitidos por su despacho no necesitarán la aprobación de legislativo, pero sí están sujetos a revisión de la Corte Constitucional.

De hecho, si el presidente y su gabinete no traslada los documentos al alto tribunal, la Corte está facultada para revisarlos de oficio y declararlos inexequibles si considera que contravienen la Constitución. “No podrán suspenderse los derechos humanos ni las libertades fundamentales”, está especificado en el referido artículo, con lo que Petro también tendrá una serie de límites en las determinaciones que no podrá transgredir.

Álvaro Uribe, presidente entre 2002 y 2010, declaró la conmoción interior en dos ocasiones – crédito Juan Zamara/EFE

Es preciso destacar que, Álvaro Uribe Vélez fue el último de los presidentes que invocó esta decisión, en dos ocasiones. El 11 de agosto de 2002 argumentó que la nación era sometida a un “régimen de terror”, con lo que adelantó una serie de acciones por intermedio del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS); sin embargo, la sentencia C-327-03 de la Corte tumbó última prórroga de la medida, en febrero de 2003.

Por su parte, el 1 octubre de 2008, Uribe declaró, por segunda vez, esta facultad legal; en respuesta a un paro judicial que duró 36 días. Con ello, según reseñaron los medios, el Gobierno buscaba dar facultades para sustituir a los jueces que protestaban, pero como aconteció con la segunda prórroga en 2003, la medida fue declarada inexequible por la Corte Constitucional.

Aunque en mayo de 2021, durante el paro nacional, desde diferentes sectores políticos le pidieron al entonces presidente Iván Duque Márquez declarar la conmoción interior, el mandatario no acudió a esta medida excepcional para recuperar el control en las calles; pese a que en su momento declaró que no descartaba este camino jurídico para combatir los múltiples hechos de orden público que afectaron al país.

En desarrollo…

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