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Claves para evitar que ARCA, ex AFIP, investigue tus transferencias de dinero

Atención: cómo evitás que ARCA investigue tus transferencias de dinero

Con la creación de ARCA, queda ahora en sus manos registrar las transferencias que realizan los usuarios a través de homebanking o billeteras virtuales

13/11/2024 – 13:40hs

A partir de este mes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) quedó a cargo de todas las funciones que hasta ese momento realizaba la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la que fue disuelta en forma definitiva con el decreto 953/2024.

Una de las funciones que llevaba a cabo la AFIP era controlar las transferencias que se realizaban a través del homebanking o de billeteras virtuales, ya sea entre cuentas propias o con otras personas.

Con ARCA ya en funcionamiento, estas actividades ahora las realiza la nueva entidad. De manera que será la que desde este momento registrará e investigará las transferencias entre cuentas personales que superen cierto monto, con el fin de controlar la economía informal y evaluar correctamente los ingresos declarados de los contribuyentes

Pero hay ciertas pautas que podemos ejecutar para que ARCA no investigue nuestras transferencias.

Para evitar todo tipo de inconveniente con la nueva entidad recaudadora, cuando realices una transferencia tenés que tener en cuenta estos consejos:

  • En primer lugar, las transferencias no tienen que superar los $400.000 cuando se trata de personas que no tienen ingresos formales o si no están justificados. 
  • También hay que ver que la transferencia no superen los límites establecidos por los bancos. Esto dependerá de la entidad financiera con la que te manejes.
  • Los fondos de la cuenta de origen también tienen que estar justificados.
  • Si tenés un trabajo formal, podés realizar transferencias de hasta $700.000. Si transferís un monto más alto, tiene que estar respaldado por ingresos declarados
  • Otra clave es el tiempo de respuesta. Hay que tener en cuenta cuándo la entidad financiera o el ente regulador solicita una justificación del origen de los fondos transferidos. No responder a tiempo o no proporcionar la documentación adecuada puede generar que se envíe un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la Unidad de Información Financiera (UIF).

Recomendaciones para recibir transferencias que superen los límites establecidos

Si vas a recibir una suma grande de dinero en tu cuenta que no recibís habitualmente, seguí estas recomendaciones:

  • Comunicate con tu banco para informar sobre la transferencia que te van a hacer y prevenir posibles retenciones o bloqueos.
  • Justificá la procedencia de los fondos a través de documentación fehaciente, en caso de que tu banco te la pida.
  • Llevá el registro y seguimiento de tus transacciones como respaldo ante inconvenientes.

Qué pasa si no justifico las transferencias ante la ex AFIP, ahora ALCA

Si alguien excede los montos permitidos sin documentación que justifique el origen de los fondos, la entidad regulatoria puede exigir que se justifique de dónde proviene el dinero que se ha transferido de una cuenta a la otra.

Por eso es importante guardar siempre el documental que muestra el origen de los fondos transferidos, incluso si se trata de movimientos entre cuentas propias. Si no se tiene esta documentación, la entidad financiera o la ex AFIP pueden solicitar una justificación, y más aún si el contribuyente no tiene ingresos formales o declarados.

Entre los documentos comunes utilizados para respaldar el origen de los fondos se incluyen:

  • las facturas de los últimos seis meses,
  • recibos de sueldo,
  • comprobantes de haberes jubilatorios,
  • certificados de ingresos emitidos por contadores públicos, entre otros.

Por lo tanto, en caso de cometer alguna «falta», se puede recibir una notificación a través de un correo electrónico para que el individuo pueda regularizar la situación de haber recibido dinero mediante una transferencia bancaria que excede los montos permitidos. Por consiguiente, deberá los documentos que expliquen estos movimientos, según cada situación, como facturación de los últimos 6 meses, comprobantes de haberes jubilatorios, recibos de sueldo, etc.

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